SIRE de SUNAT: qué es y cómo funciona la propuesta
El SIRE reemplazó a los registros de ventas y compras del PLE. Qué es la propuesta de SUNAT, quiénes están obligados y qué pasa si no la generas a tiempo.
Por Equipo Factivo
Tu contador te habla del SIRE, de la propuesta, del RVIE y del RCE, y de que hay que “aceptarla” antes de una fecha. ¿Qué es exactamente, y qué te toca hacer a ti?
La respuesta corta: el SIRE es la herramienta de SUNAT con la que se llevan el Registro de Ventas y el Registro de Compras. SUNAT arma una propuesta con los comprobantes electrónicos que recibió; tú la revisas, la aceptas, la complementas o la reemplazas, y generas el registro en SUNAT Operaciones en Línea antes del vencimiento. La propuesta no se acepta sola.
¿Qué es el SIRE?
Es el Sistema Integrado de Registros Electrónicos. SUNAT lo define como una herramienta “creada por la Sunat para facilitar a los contribuyentes la generación y gestión” de dos registros:
| Registro | Qué es |
|---|---|
| RVIE | Registro de Ventas e Ingresos Electrónico: lo que vendiste |
| RCE | Registro de Compras Electrónico: lo que compraste |
El SIRE solo tiene esos dos módulos (R.S. 040-2022/SUNAT). Reemplaza a los registros de ventas y de compras que se llevaban en el PLE o en el SLE-Portal.
La diferencia de fondo con el PLE es quién arma el registro. Antes lo armabas tú y lo subías. Ahora SUNAT propone con lo que ya tiene, y tú confirmas o corriges.
¿Cómo funciona la propuesta?
Mes a mes, el ciclo es este (R.S. 112-2021/SUNAT, art. 8):
- Desde el día 2 de cada mes, SUNAT publica la propuesta de ese mes con los comprobantes que recibió, y la actualiza a diario.
- Desde el día 8 del mes siguiente, puedes trabajar el periodo. Tienes tres
caminos:
- Aceptar la propuesta tal cual.
- Complementarla: agregar documentos o datos que faltan.
- Reemplazarla: subir tu propio archivo en su lugar.
- Con eso queda un preliminar, y el último paso es la “Generación de registros”, que se hace únicamente en SUNAT Operaciones en Línea (SOL). SUNAT te deja la constancia en el buzón electrónico.
Con el RVIE y el RCE generados, SUNAT te propone además las casillas de la declaración mensual del IGV.
La propuesta no se acepta sola. Ninguna norma la da por aceptada si no la revisas: si no generas el registro dentro del plazo, estás atrasado. Y si en el mes no tuviste operaciones, igual tienes que generarlo, en blanco.
¿Te equivocaste después de generarlo? Se corrige con ajustes posteriores, en el mismo módulo.
¿Quién está obligado y desde cuándo?
Hoy la regla es simple: todo el que esté obligado a llevar el Registro de Ventas y el de Compras los lleva en el SIRE, desde que nace la obligación (R.S. 000075-2026).
Se llegó a eso por etapas, y con varias postergaciones en el camino:
| Grupo | Desde el periodo |
|---|---|
| Primeros obligados (anexo de la R.S. 112-2021) | Julio 2023 |
| RER y Régimen MYPE Tributario | Octubre 2023 o agosto 2024, según el caso |
| Resto de obligados, que no son principales contribuyentes | Enero 2025 |
| Principales contribuyentes con ingresos 2024 de hasta 2,300 UIT | Enero 2026 |
| Principales contribuyentes con ingresos 2024 de más de 2,300 UIT | Octubre 2026 |
El último grupo entró con la R.S. 000125-2026, que lo postergó de junio a octubre de 2026. En la práctica, generan su primer SIRE en noviembre.
¿Cuándo vence cada mes?
El plazo máximo se cuenta en días hábiles del mes siguiente, según el último dígito de tu RUC (R.S. 281-2022, Anexo II):
| Último dígito del RUC | Vence el |
|---|---|
| 0 | 10.° día hábil |
| 1 | 11.° día hábil |
| 2 y 3 | 12.° día hábil |
| 4 y 5 | 13.° día hábil |
| 6 y 7 | 14.° día hábil |
| 8 y 9 | 15.° día hábil |
| Buenos contribuyentes | 16.° día hábil |
Es el mismo cronograma que tenía el PLE, y vence un día hábil antes que la declaración mensual.
¿Qué pasa si no lo generas a tiempo?
No generar el registro dentro del plazo es una infracción del artículo 175, numeral 10 del Código Tributario.
Dicho eso, SUNAT viene aplicando su facultad de no sancionar si regularizas. La última, RSNATI 000041-2026, cubre los periodos de agosto de 2026 a enero de 2027, siempre que regularices hasta el 28 de febrero de 2027.
Que no te multen no quiere decir que no sea infracción. Es una decisión administrativa de SUNAT, con fecha de corte. El plazo de cada mes sigue siendo el mismo.
Lo que más cuesta: revisar la propuesta
El paso que más tiempo toma no es aceptar: es comparar la propuesta con lo que tú tienes. En el RCE es donde aparecen la factura de un proveedor que nunca te llegó —y el crédito fiscal que ibas a perder— o una que no reconoces. En el RVIE, el comprobante tuyo que no llegó a SUNAT.
Aceptar sin mirar es trasladar esos errores al registro.
Cómo se hace en Factivo
El módulo SIRE de Factivo se conecta a la API de SUNAT con tus credenciales: trae la propuesta del RVIE y del RCE, la pone al lado de tus comprobantes y marca las diferencias. La propuesta del RVIE la aceptas desde el sistema y queda tu preliminar; la del RCE, en SOL. La generación final del registro también se hace en SOL, como lo exige la norma.
SUNAT cambió el cronograma del SIRE muchas veces y puede volver a hacerlo. Para confirmar desde cuándo te toca o cómo regularizar un periodo atrasado, consúltalo con tu contador.